Los propietarios pueden reclamar judicialmente las cuotas impagadas de un vecino
La Ley de Propiedad Horizontal permite a las comunidades iniciar acciones conforme al artículo 21 para exigir el pago de cuotas pendientes.
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- Heraldo de Aragón — La Ley de Propiedad Horizontal lo confirma: si el vecino no paga, los propietarios pueden acudir al artículo 21